Caso 1:
Federico es aprendiz de un programa de formación de nivel técnico en el SENA en modalidad virtual y a distancia. Hace cuatro meses inició su proceso de formación y su instructor le ha solicitado que visite una empresa para observar el espacio donde permanece la maquinaria y para que analice el mantenimiento que se le hace a la misma.
Federico es aprendiz de un programa de formación de nivel técnico en el SENA en modalidad virtual y a distancia. Hace cuatro meses inició su proceso de formación y su instructor le ha solicitado que visite una empresa para observar el espacio donde permanece la maquinaria y para que analice el mantenimiento que se le hace a la misma.
Federico llega a la empresa a
efectuar la visita planeada, pero el jefe de mantenimiento le solicita que
presente el carné personal que lo acredita como aprendiz SENA.
Federico manifiesta que nunca ha
tenido carné y que en dos oportunidades se lo ha solicitado a la líder de
bienestar, ella le ha explicado que los carnés son para los aprendices de la
modalidad presencial.
Análisis del caso:
De acuerdo con el Reglamento de
Aprendices en lo que respecta a los derechos, proporcione una respuesta
argumentada a los siguientes cuestionamientos:
¿Qué respuesta la daría usted a Federico y en qué capítulo del Reglamento se basaría
En relación con la líder de bienestar, ¿qué opina acerca de la respuesta que le dio la funcionaria al aprendiz? ¿Fue acertada o equivocada? Expliqué por qué.
¿Qué respuesta la daría usted a Federico y en qué capítulo del Reglamento se basaría
En relación con la líder de bienestar, ¿qué opina acerca de la respuesta que le dio la funcionaria al aprendiz? ¿Fue acertada o equivocada? Expliqué por qué.
Analice el caso descrito y
proponga una solución. Publique el resultado del análisis y las respuestas a
los interrogantes planteados en el blog que ha creado. Una vez completada la
actividad, envíe el enlace del blog por medio del espacio de carga de
evidencias disponible en la plataforma virtual para que su tutor pueda hacer la
retroalimentación correspondiente.
Respuestas:
La respuesta para Federico sería la siguiente: En el reglamento del aprendiz está contemplado el hecho que en el momento en que se haga la legalización de matrícula el estudiante tiene derecho a recibir el carné que lo acredite como aprendiz SENA. (Capítulo II: Derechos del aprendiz SENA, Articulo. 7, Sección 4)
La respuesta para Federico sería la siguiente: En el reglamento del aprendiz está contemplado el hecho que en el momento en que se haga la legalización de matrícula el estudiante tiene derecho a recibir el carné que lo acredite como aprendiz SENA. (Capítulo II: Derechos del aprendiz SENA, Articulo. 7, Sección 4)
La
funcionaria cometió un error al decirle a Federico que no tiene derecho al
carné por que él está matriculado en la modalidad virtual. Puesto que los
derechos del aprendiz, independiente de la modalidad en la que este son muy
claros. Esto demuestra que la funcionaria
no conoce con claridad los derechos del aprendiz.
Caso 2:
Nicolás es un aprendiz del
programa de Tecnología en Multimedia, desde el inicio de su formación hace tres
meses y medio, ha sido muy dedicado y cuidadoso en realizar las actividades de
formación que le han planteado sus tutores en la guías de aprendizaje. Nicolás
desea recibir la retroalimentación correspondiente de los trabajos presentados
para conocer cómo le ha ido a lo largo de su proceso.
Sin embargo, cuando le
solicita a su tutor dicha retroalimentación, este le responde: “Usted debe
saber cómo va, para eso hizo las actividades”. Nicolás está muy preocupado porque
teme encontrar algunas sorpresas, además su tutor le ha comentado que solo
estará en el SENA por dos meses más, porque debe irse para otra región a
encontrarse con su familia.
Nicolás decide de manera
respetuosa solicitar por escrito los juicios de evaluación de sus evidencias y
quiere hacerlo cumpliendo con la normatividad del SENA.
De acuerdo con la intención de
Nicolás de hacer una solicitud oficial para recibir los juicios de evaluación
de las evidencias presentadas:
- ¿En
qué capítulo, artículo e ítems del Reglamento de Aprendices, se debe amparar Nicolás para hacer dicha solicitud de manera
respetuosa y formal?
Analice el caso descrito y proponga
una solución. Publique el resultado del análisis y las respuestas a los
interrogantes planteados en el blog que ha creado. Notifique a su instructor
oportunamente para que evalúe la evidencia presentada
Respuesta:
Nicolás debe ampararse en el Capítulo VII Proceso De Formación, Incumplimiento, Deserción (Articulo 22 Sección 4 Revisión de los resultados de evaluación).
Nicolás debe ampararse en el Capítulo VII Proceso De Formación, Incumplimiento, Deserción (Articulo 22 Sección 4 Revisión de los resultados de evaluación).
El instructor debe guiar al
aprendiz retroalimentándolo, identificando sus logros y dificultades. Creando
nuevas estrategias de aprendizaje cada vez que sea necesario. En caso que el
aprendiz no logre las metas pactadas, el instructor podrá programar actividades
pedagógicas como complemento.
Sí el aprendiz no está de acuerdo
con el resultado de sus evaluaciones podrá pedir que se revisen sus resultados
siguiendo el conducto regular contemplado en el reglamento de la siguiente
manera:
Presentar solicitud formal escrita dirigida al instructor u orientador del proceso de aprendizaje que haya emitido la evaluación, a través del sistema de gestión de la información para que sea revisada dentro de los dos (2) días hábiles después de emitido el resultado, argumentando los puntos en desacuerdo. El instructor u orientador deberá responder dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la fecha en que el aprendiz la presentó.
Presentar solicitud formal escrita dirigida al instructor u orientador del proceso de aprendizaje que haya emitido la evaluación, a través del sistema de gestión de la información para que sea revisada dentro de los dos (2) días hábiles después de emitido el resultado, argumentando los puntos en desacuerdo. El instructor u orientador deberá responder dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la fecha en que el aprendiz la presentó.
Sí la solicitud no se contesta dentro de los tiempos estipulados, o si persiste la inconformidad con la respuesta recibida, el aprendiz podrá hacer reclamo por escrito dirigido al Coordinador académico o a quien corresponda según la modalidad del programa de formación en el que este matriculado el aprendiz. Se asignara un segundo evaluador que revisará la evaluación realizada anteriormente. Este último dictamen será definitivo y se dará respuesta de ello a más tardar dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de solicitud por parte del aprendiz.
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